Anular una factura ante la AEAT
La anulación comunica a la AEAT que un registro de facturación no debió existir. Se reserva a duplicados y facturas al cliente equivocado; una operación real se corrige con una rectificativa.
Antes de empezar
- Interruptor global del envío a la AEAT encendido. Apagado, la tarjeta del registro y el botón de anulación no se muestran.
- Factura emitida con registro de facturación (huella y QR), sin cobros registrados y sin rectificativa.
- En el panel: acceso con permiso de edición sobre las facturas del cliente. En el portal: permiso de emisión de facturas.
Paso 1. Decidir si procede anular
- Anular: duplicado, factura emitida al cliente equivocado o cualquier registro que nunca debió existir.
- Rectificar: error de importe, de datos o de concepto en una operación que sí existió. Procede la factura rectificativa.
Paso 2. Localizar la factura en el panel del gestor
En el menú lateral, Operaciones > Facturación > Gestión de facturas. Localizar la factura con Buscar (1) y abrirla pulsando su número (2).
Paso 3. Pulsar Anular ante la AEAT
En el panel VeriFactu — Orden HAC/1177/2024 de la ficha, bajo el estado del envío (1), pulsar Anular ante la AEAT (2).
Paso 4. Confirmar la anulación
En el diálogo Anular la factura ante la AEAT, leer el aviso y pulsar Sí, anularla (recuadrado). El foco queda en Cancelar.
Paso 5. Comprobar la anulación
Aparece «Anulación registrada. Se enviará a la AEAT en orden, junto con el resto de la cadena. La factura queda anulada ante la AEAT.» La cabecera muestra el distintivo Anulación pedida; el panel indica «Anulación pedida y a la espera de que la AEAT la registre…» (1) y el historial anota Anulación pedida ante la AEAT (2).
Paso 6. Seguir el registro de anulación
En Operaciones > Facturación > Facturas a la AEAT consta el estado de la anulación:
- «Anulada en la AEAT»: registro aceptado. La ficha pasa a indicar «Factura anulada ante la AEAT.»
- «Anulación registrada con errores — hay que revisarla»: la AEAT la ha registrado con un defecto.
- «Rechazada por la AEAT»: corregir la causa y pulsar Reintentar. La factura consta como anulada, pero el registro sigue vivo en la Agencia.
Paso 7. Anular desde el portal del cliente
El cliente puede anular sus propias facturas. En Facturación > Mis Facturas Emitidas, abrir la factura con Ver la factura.
- En la tarjeta Envío a la AEAT, pulsar Anular ante la AEAT.
- En Anular la factura ante la AEAT, confirmar con Sí, anularla.
- La cabecera muestra Anulación pedida y, al aceptarla la AEAT, Anulada ante la AEAT.
Paso 8. Rectificar en lugar de anular
Si la operación existió, o la factura ya tiene cobros, Crear rectificativa en la ficha abre el formulario de rectificación.
Resultado
La factura queda anulada: se encola el registro de anulación, se retiran sus asientos sin revisar y deja de reclamarse su cobro. La AEAT confirma el registro y la ficha pasa a indicar que está anulada ante la AEAT.
Cuándo se ofrece la anulación
| Situación de la factura | Anular ante la AEAT | Motivo | Alternativa |
|---|---|---|---|
| Emitida con registro, sin cobros ni rectificativa | Sí | Puede ser un registro que no debió existir. | Rectificativa si la operación existió. |
| Con cobros registrados | No | La operación existió. | Rectificativa. |
| Ya rectificada | No | Una operación corregida no se anula. | Ninguna. |
| Anulación ya pedida | No | Evita remitir dos veces la misma anulación. | Seguimiento en Facturas a la AEAT. |
| Borrador, documento previo o factura sin registro | No | No hay registro de facturación que anular. | Ninguna. |
Problemas frecuentes
- «Esta factura tiene cobros registrados, así que la operación existió. Para deshacerla hay que emitir una rectificativa, no anular el registro.»
- Emitir una rectificativa desde la ficha en lugar de anular.
- «Esta factura ya tiene una rectificativa. Una operación que se corrigió no se anula: …»
- La factura ya está corregida. No procede anularla.
- «Esta factura ya está anulada.» o «Esta factura ya se había anulado. No se ha registrado una segunda anulación: …»
- La anulación consta. Comprobar su estado en Facturas a la AEAT; no se remite una segunda.
- «Esta factura no está firmada, así que no hay ningún registro que anular.»
- La factura carece de registro de facturación, como las emitidas sin IVA. No procede anular ante la AEAT.
- «La AEAT no ha registrado la anulación. La factura consta aquí como anulada, pero el registro sigue vivo en la Agencia: …»
- La anulación está rechazada o sin confirmar. Revisarla en Facturas a la AEAT y reintentar o comprobarla en la Sede.
- No aparece Anular ante la AEAT.
- La factura tiene cobros, rectificativa o anulación pedida, es un borrador o documento previo, o el envío está deshabilitado en el sistema.
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