Aproximadamente 570.000 autónomos y pymes deben declarar en la Renta 2026 las ayudas del Kit Digital que recibieron durante 2025. Si gestionas entre 50 y 200 clientes activos, la estadística te dice que tienes entre 10 y 40 expedientes Kit Digital sobre la mesa esta campaña, cada uno con su casuística propia: año de concesión diferente, categoría de solución distinta, régimen de estimación diferente. Y la campaña empieza el 8 de abril de 2026.
El problema no es que la tributación del Kit Digital sea enormemente compleja. El problema es que la mayoría de artículos que circulan sobre este tema están escritos para el autónomo que tiene un solo caso, no para el gestor que gestiona cuarenta simultáneamente. Este artículo está escrito para ti.
Aquí encontrarás la distinción corriente vs capital con la tabla completa de las 17 categorías, las casillas exactas del Modelo 100, el caso especial de los autónomos en módulos (que ningún artículo de la competencia explica correctamente), y el protocolo de verificación del borrador AEAT que evitará errores por discrepancias entre el importe del bono y lo que figura en los datos fiscales. Todo con base normativa verificada: DGT V0822-24, DGT V1966-24, consulta V2090-22 y la normativa que regula los módulos.
Lo que cubre esta guía
- Por qué y cuándo tributa el Kit Digital
- La regla del devengo: en qué año se declara
- Subvención corriente vs capital: tabla completa
- Casillas exactas del Modelo 100
- Módulos: el efecto que nadie explica
- SL vs autónomo: diferencias IS vs IRPF
- Por qué el borrador AEAT puede estar mal
- Protocolo para gestionar 40 casos a la vez
Qué es el Kit Digital y por qué figura en la declaración de la Renta
El Kit Digital es un programa de ayudas públicas financiado con fondos NextGenerationEU, gestionado por Red.es, que ha concedido más de 3.400 millones de euros a unos 850.000 negocios españoles para su digitalización (datos Red.es, octubre 2025). La ayuda se materializa en un bono digital que el beneficiario canjea con un agente digitalizador adherido al programa, quien presta los servicios de digitalización acordados.
La pregunta que te hacen tus clientes es: "¿Tengo que declararlo?" La respuesta es sí, en casi todos los casos. El artículo 27.1 de la Ley 35/2006 (LIRPF) clasifica las subvenciones vinculadas a la actividad económica como rendimientos de dicha actividad. La Dirección General de Tributos lo confirmó explícitamente en las resoluciones vinculantes V0822-24 (22 de abril de 2024) y V1966-24: el Kit Digital constituye un rendimiento de actividades económicas en el Modelo 100 o un ingreso en el Impuesto de Sociedades si el beneficiario es una SL o SA.
No existe exención específica en el IRPF para estas ayudas. La única razón por la que en la práctica muchos clientes no perciben impacto fiscal neto es el efecto compensatorio entre el ingreso (subvención) y el gasto deducible que financia, pero eso solo aplica en determinados regímenes y con determinados tipos de solución. A continuación explicamos exactamente cuándo y cómo.
Importes por segmento: contexto para la gestoría
| Segmento | Perfil empresa | Importe máximo | Impacto base imponible potencial |
|---|---|---|---|
| Segmento III | Autónomos y micropymes (0-2 empleados) | 3.000 € | Hasta 3.000 € (o diferido en amortización) |
| Segmento II | Pequeñas empresas (3-9 empleados) | 6.000 € | Hasta 6.000 € (o diferido) |
| Segmento I | Medianas empresas (10-49 empleados) | 12.000 € | Hasta 12.000 € (o diferido) |
| Segmento IV | Empresas medianas (50-100 empleados) | 25.000 € | Solo IS (Modelo 200) |
| Segmento V | Empresas grandes (100-250 empleados) | 29.000 € | Solo IS (Modelo 200) |
Fuente: sede.red.gob.es y acelerapyme.gob.es. Los segmentos IV y V solo aplican IS; esta guía se centra en los segmentos I, II y III declarantes en IRPF (Modelo 100).
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Este es el error más frecuente y el que genera más consultas en los foros de asesoría fiscal. La respuesta parece contraintuitiva al principio: el Kit Digital no se declara en el año en que se concede el bono, sino en el año en que se devenga el gasto que financia.
El fundamento normativo está en el artículo 14.1.b) de la Ley 35/2006 (LIRPF), que remite a las normas del Impuesto sobre Sociedades para la imputación temporal de rentas en actividades económicas. Concretamente, el artículo 11.1 de la Ley 27/2014 (LIS) establece el principio de devengo contable: los ingresos y gastos se imputan al ejercicio en que se producen, con independencia del cobro o pago. La Norma de Valoración 18ª del Plan General Contable (RD 1514/2007) aplica este criterio específicamente a las subvenciones oficiales.
Tabla orientativa de imputación por año de concesión
| Año de concesión del bono | Ejecución habitual de servicios | Ejercicio de declaración (IRPF) | Campaña de Renta correspondiente |
|---|---|---|---|
| 2022 | 2022-2023 | Renta 2022 o 2023 | Pasada |
| 2023 | 2023-2024 | Renta 2023 o 2024 | Pasada |
| 2024 | 2024-2025 | Renta 2024 o 2025 | Reciente |
| 2025 | 2025 | Renta 2025 | Campaña 2026 |
La implicación práctica para la gestoría es importante: si un cliente recibió el bono en 2022 o 2023 y no lo ha declarado correctamente en su momento, puede estar ante una declaración complementaria. Si los servicios se ejecutaron en varios ejercicios, la imputación se reparte. Y si la solución contratada es inmovilizado (software, aplicación), la imputación se extiende varios años en proporción a la amortización anual. Todo esto se explica en la siguiente sección.
Subvención Corriente vs Subvención de Capital: la distinción que lo cambia todo
La consulta vinculante DGT V0822-24 establece con precisión que el tratamiento fiscal del Kit Digital depende del tipo de solución contratada, no del importe del bono ni del segmento de la empresa. Hay dos categorías:
Subvención Corriente
Financia gastos del ejercicio: servicios SaaS de pago mensual o anual, mantenimiento y hosting web, ciberseguridad como servicio, formación online, herramientas de marketing digital por suscripción.
Regla de imputación: 100% en el ejercicio en que se devenga el gasto financiado.
Efecto fiscal: Neutro en estimación directa (ingreso = gasto deducible). No neutro en módulos.
Subvención de Capital
Financia inmovilizado intangible o material: software a medida, aplicación móvil propia, CRM con licencia perpetua, equipos informáticos, hardware específico.
Regla de imputación: Proporcional a la amortización anual del activo financiado (máximo 26% en estimación directa simplificada).
Efecto fiscal: Diferido en varios ejercicios. Mayor complejidad de seguimiento.
Tabla completa: 17 categorías Kit Digital por tipo de subvención y casilla Modelo 100
Esta es la tabla que no existe en ningún otro artículo del sector. La hemos elaborado combinando las categorías oficiales del programa (acelerapyme.gob.es) con los criterios establecidos en DGT V0822-24 y la Norma de Valoración 18ª PGC.
| Categoría Kit Digital | Tipo de solución habitual | Tipo subvención | Casilla ingreso Mod. 100 | Casilla gasto Mod. 100 |
|---|---|---|---|---|
| Sitio web y presencia en internet | Desarrollo web a medida, dominio + hosting | Capital (web) / Corriente (hosting) | 0174 / 0173 | 0208 / 0202 |
| Comercio electrónico | Tienda online, plataforma e-commerce | Capital | 0174 | 0208 |
| Gestión de redes sociales | Herramienta SaaS de gestión social | Corriente | 0173 | 0202 |
| Gestión de clientes (CRM) | CRM SaaS (Salesforce, HubSpot) o licencia perpetua | Corriente (SaaS) / Capital (licencia perpetua) | 0173 / 0174 | 0202 / 0208 |
| Business Intelligence y analítica | Herramientas BI, cuadros de mando | Corriente (SaaS) | 0173 | 0202 |
| Gestión de procesos (ERP) | ERP en la nube o licencia permanente | Corriente (nube) / Capital (licencia) | 0173 / 0174 | 0202 / 0208 |
| Ciberseguridad | Servicio mensual antivirus, firewall gestionado | Corriente | 0173 | 0202 |
| Puesto de trabajo seguro | Equipos informáticos (hardware) | Capital | 0174 | 0208 |
| Factura electrónica | Software facturación SaaS o instalado | Corriente (SaaS) / Capital (instalado) | 0173 / 0174 | 0202 / 0208 |
| Comunicaciones seguras | VPN gestionada, mensajería corporativa | Corriente | 0173 | 0202 |
| Oficina virtual (cloud) | Microsoft 365, Google Workspace | Corriente | 0173 | 0202 |
| Marketplace | Alta en plataforma de ventas online | Corriente | 0173 | 0202 |
| Gestión de RRHH (nóminas) | Software nóminas SaaS o módulo instalado | Corriente (SaaS) / Capital (licencia) | 0173 / 0174 | 0202 / 0208 |
| Ciberseguridad avanzada | SOC gestionado, respuesta incidentes | Corriente | 0173 | 0202 |
| Análisis de datos e IA | Plataforma analítica con IA, SaaS | Corriente | 0173 | 0202 |
| Gestión documental | DMS en la nube o instalado | Corriente (nube) / Capital (instalado) | 0173 / 0174 | 0202 / 0208 |
| Aplicación móvil propia | Desarrollo app iOS/Android a medida | Capital | 0174 | 0208 |
Fuente: categorías oficiales acelerapyme.gob.es + criterios DGT V0822-24 + Norma Valoración 18ª PGC (RD 1514/2007). En soluciones con modalidades mixtas (SaaS o licencia), verificar el contrato firmado por el cliente.
Ejemplo numérico: amortización para subvención de capital
Un autónomo del Segmento III recibió un bono de 3.000 € en 2024 y lo invirtió íntegramente en el desarrollo de una tienda online a medida (activo intangible — aplicaciones informáticas). En estimación directa simplificada, la amortización máxima es el 26% anual sobre el coste del activo (fuente: AEAT, tablas de amortización simplificada). La imputación del ingreso por subvención sigue el mismo ritmo:
| Ejercicio | Amortización deducible (26%) | Ingreso subvención a imputar | Efecto neto base imponible |
|---|---|---|---|
| 2024 (Renta 2024) | 780 € | 780 € | 0 € (neutro) |
| 2025 (Renta 2025 — Campaña 2026) | 780 € | 780 € | 0 € (neutro) |
| 2026 (Renta 2026) | 780 € | 780 € | 0 € (neutro) |
| 2027 (Renta 2027 — año final) | 660 € | 660 € | 0 € (neutro) |
| Total | 3.000 € | 3.000 € | 0 € total acumulado |
El efecto es neutro en estimación directa porque el ingreso y el gasto van a la par. Sin embargo, el gestor debe llevar el seguimiento ejercicio a ejercicio, declarar los 780 € de ingreso en cada Renta aunque el cliente no perciba ninguna cuota adicional de impuesto. Un error habitual es no declarar el ingreso "porque el efecto es cero", lo cual es incorrecto: la omisión puede generar requerimientos de la AEAT aunque la cuota diferencial sea nula.
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El Caso Especial que Nadie Explica: Autónomos en Módulos (Estimación Objetiva)
Este es el punto técnico más ignorado en la literatura disponible sobre el Kit Digital. Todos los artículos dicen que el efecto fiscal es "neutro" porque el ingreso compensa el gasto. Eso es correcto para la estimación directa, pero es incorrecto para los autónomos acogidos a estimación objetiva (módulos).
Por qué los módulos son diferentes
En estimación directa, el rendimiento neto se calcula como ingresos reales menos gastos reales deducibles. Si la subvención es un ingreso de 2.000 € y el servicio digital que financia genera un gasto deducible de 2.000 €, el efecto es exactamente cero sobre la base imponible.
En estimación objetiva (módulos), el rendimiento neto se calcula mediante signos, índices y módulos fijados por la Orden HFP/1335/2021 (Anexo I). Los gastos reales no reducen la base imponible porque directamente no se tienen en cuenta. Sin embargo, la subvención del Kit Digital sí modifica la base, porque el Anexo III, punto 3 de la Orden HFP/1335/2021 establece que se suman al rendimiento neto calculado las "otras percepciones empresariales", entre las que se incluyen las subvenciones corrientes. La consulta vinculante V2090-22 (30/09/2022) confirmó específicamente este criterio para el Kit Digital.
Ejemplo práctico: hostelero en módulos con Kit Digital
Sin Kit Digital:
- Rendimiento neto módulos: 20.000 €
- Base imponible actividad: 20.000 €
- Tributación aproximada (tipo 25%): 5.000 €
Con Kit Digital 2.000 € (bono Seg. III):
- Rendimiento neto módulos: 20.000 €
- Otras percepciones (Kit Digital): +2.000 €
- Base imponible actividad: 22.000 €
- Tributación adicional real: ~500 €
El hostelero en módulos paga ~500 € más de IRPF por el Kit Digital, aunque el servicio digital le costó exactamente esos 2.000 €. Aquí el efecto fiscal NO es neutro.
Los sectores más afectados son los que concentran mayor uso de módulos: hostelería, transporte de viajeros y mercancías, comercio minorista, actividades agrícolas y ganaderas. Si tienes clientes en estos sectores que recibieron Kit Digital, verifica su régimen fiscal antes de asumir que el efecto será neutro.
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Autónomos vs Sociedades Limitadas: tratamiento diferente en el mismo programa
Cuando el cliente que recibió el Kit Digital es una SL o SA (en lugar de un autónomo), la tributación no pasa por el Modelo 100 sino por el Modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades. El mecanismo contable es distinto aunque el efecto económico final sea similar.
Asientos contables según BOICAC Consulta 1/2023
El BOICAC emitió la consulta 1/2023 para clarificar el tratamiento contable específico del Kit Digital en el marco del PGC. El esquema de asientos es:
| Momento | Cuenta PGC (Debe) | Cuenta PGC (Haber) | Descripción |
|---|---|---|---|
| Resolución de concesión | 4708 — Hacienda Pública, deudora por subvenciones concedidas | 940 — Ingresos de subvenciones oficiales de capital | Para subvenciones de capital (inmovilizado) |
| Cobro / Aplicación del bono | 572 — Bancos o activo adquirido | 4708 — Hacienda Pública deudora | Liquidación del derecho |
| Traspaso a resultados (por amortización) | 840 — Transferencia de subvenciones de capital | 746 — Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio | Cada año, en proporción a la amortización del activo |
| Subvención corriente | 4708 — Hacienda Pública deudora | 746 o 747 — Otras subvenciones, donaciones y legados | Imputa directamente en el ejercicio del gasto |
Para la gestoría, la documentación que debes solicitar al cliente SL antes de la declaración del IS es: resolución de concesión de Red.es, facturas del agente digitalizador adherido, y el contrato de prestación de servicios del programa. Con estos tres documentos puedes determinar la naturaleza corriente o capital de la inversión y ejecutar los asientos correspondientes.
La Trampa del Borrador AEAT: por qué no puedes fiarte del dato automático
Esta es la alerta operativa más importante para la campaña de Renta 2026 y prácticamente ningún artículo la menciona. El problema es el siguiente: en el programa Kit Digital, el agente digitalizador cobra el bono directamente de Red.es, no del autónomo o empresa beneficiaria. El beneficiario nunca recibe la cantidad en su cuenta bancaria. Esto tiene consecuencias directas sobre lo que aparece en los datos fiscales de la AEAT.
Lo que figura en los datos fiscales disponibles desde el 19 de marzo de 2026 puede ser únicamente la parte del bono que el agente digitalizador ha certificado y facturado hasta el cierre del ejercicio 2025. Si el cliente contrató servicios que se extienden más allá del 31 de diciembre de 2025, o si la certificación se realizó en otro ejercicio, la cifra del borrador puede ser inferior al importe real del bono, o incluso estar en cero.
Protocolo de verificación: documentos que solicitar al cliente
Documentos obligatorios
- Resolución de concesión de Red.es — confirma importe total del bono y fecha de concesión
- Facturas del agente digitalizador — confirma servicios prestados, fechas, importes e IVA no subvencionado
- Certificado de ejecución (o justificación de la ayuda) — confirma qué parte del bono se ejecutó en cada ejercicio
- Contrato de prestación de servicios — determina naturaleza SaaS (corriente) o licencia (capital)
Comprobaciones en el borrador AEAT
- Verificar si figura el Kit Digital en los datos fiscales y por qué importe
- Comparar el importe del borrador con la resolución de concesión
- Si hay discrepancia: prevalece lo declarado en la resolución + facturas (no el borrador)
- Si el bono supera lo del borrador: declarar el importe correcto según documentación propia, no el del dato fiscal automático
Un dato concreto del foro Rankia ilustra bien la magnitud del problema: un usuario con un bono de 2.000 € encontró en sus datos fiscales solo 346 €. Si el gestor hubiera presentado el borrador sin revisión, habría omitido 1.654 € de ingresos. La diferencia puede generar una liquidación complementaria con recargo, intereses de demora y, en caso de requerimiento previo de la AEAT, una sanción del 50% de la cuota diferencial no declarada (infracción leve, artículo 191 LGT).
DocumentAgent verifica las facturas del Kit Digital automáticamente
Sube las facturas del agente digitalizador en PDF y el sistema extrae automáticamente: NIF del emisor, importes, fechas, base imponible, IVA no subvencionado y tipo de solución. En menos de 10 segundos por factura, con validación de NIF contra el Registro Mercantil.
Kit Consulting: el hermano pequeño con tratamiento más sencillo
El Kit Consulting es un programa complementario que benefició a unas 16.600 empresas en España con ayudas para contratar servicios de consultoría estratégica en digitalización, innovación y sostenibilidad. El importe habitual ronda los 12.000-24.000 € en función del segmento y la modalidad.
A diferencia del Kit Digital, donde la categoría de solución determina si la subvención es corriente o capital, el Kit Consulting es siempre subvención corriente. La razón es que los servicios financiados son exclusivamente consultoría estratégica: diagnóstico digital, plan de transformación, asesoramiento en implantación. Ninguna de estas prestaciones genera un activo intangible en balance; todas son gastos del ejercicio en que se prestan.
| Concepto | Kit Digital | Kit Consulting |
|---|---|---|
| Tipo de subvención | Corriente o Capital (según solución) | Siempre Corriente |
| Casilla ingreso (Mod. 100) | 0173 o 0174 | 0173 (siempre) |
| Casilla gasto (Mod. 100) | 0202 o 0208 | 0202 (siempre) |
| Amortización | Solo en capital (26% anual) | No aplica |
| Complejidad de seguimiento | Media-Alta | Baja |
| Efecto en módulos | Suma al rendimiento neto (corriente) o íntegro (capital) | Suma al rendimiento neto como percepción corriente |
Para el gestor, la trampa del borrador AEAT aplica igual al Kit Consulting: verifica que el importe que figura en los datos fiscales coincide con la factura del consultor y la resolución de concesión. El procedimiento de solicitud de documentación al cliente es idéntico.
Tabla Resumen para la Campaña 2026: el chuleta del gestor
Antes de empezar cada declaración con Kit Digital, repasa esta tabla. Cubre los cuatro escenarios principales que encontrarás en la campaña:
| Tipo de cliente | Régimen fiscal | Tipo de solución | Casilla ingreso | Casilla gasto | Efecto fiscal |
|---|---|---|---|---|---|
| Autónomo | Est. Directa | SaaS (corriente) | 0173 | 0202 | Neutro |
| Autónomo | Est. Directa | Inmovilizado (capital) | 0174 | 0208 | Neutro, diferido por amortización (26%/año) |
| Autónomo | Módulos | Cualquier solución | Otras percepciones | No deducible | No neutro — tributa |
| Sociedad (SL/SA) | IS (Mod. 200) | SaaS o inmovilizado | Cuenta 746/747 | Amortización activo | Neutro en IS (salvo diferencias temporarias) |
Checklist de documentación: lo que pedir antes de empezar
Siempre obligatorio
- Resolución de concesión Red.es
- Facturas del agente digitalizador
- NIF del agente digitalizador
- Importe total del bono
Para capital (inmovilizado)
- Contrato o licencia (perpetua vs SaaS)
- Fecha de puesta en servicio del activo
- Tabla de amortización aplicable
- Años pendientes de amortización
Para módulos
- Confirmar actividad en módulos (IAE)
- Importe total ejecutado en 2025
- Certificado de ejecución Red.es
- Calcular tributación adicional real
Recurso gratuito: Checklist 20 Puntos Modelo 303 sin Errores
Si gestionas también los IVA trimestrales de los mismos clientes con Kit Digital, este checklist te ayuda a evitar los 20 errores más frecuentes en el Modelo 303. Descárgalo directamente.
Guía: 10 Errores Críticos AEAT y Cómo Evitarlos
El 33% de declaraciones presenta errores subsanables. Esta guía cubre los 10 errores más costosos con tabla de consecuencias y coste estimado (hasta 4.500 €). Incluye el error del borrador incompleto.
Cómo Gestionar 40 Declaraciones Kit Digital en la Misma Campaña
El problema real de la campaña de Renta 2026 no es que un caso individual sea muy complejo. El problema es la escala: una gestoría mediana con 100 clientes activos puede tener entre 15 y 40 casos Kit Digital, cada uno con año de concesión diferente, categoría de solución distinta, y en algunos casos convocatorias superpuestas (clientes que recibieron bono en 2022 y otro en 2024).
Sin un proceso sistemático, el gestor tarda entre 30 y 45 minutos en clasificar correctamente un expediente Kit Digital: revisar el tipo de solución en el contrato, determinar corriente o capital, consultar si el cliente está en módulos, comparar el borrador AEAT con la resolución de concesión, y calcular la imputación correcta si es capital. Multiplicado por 40 expedientes, son hasta 30 horas de trabajo adicional en la campaña.
Metodología de clasificación masiva: 4 pasos
| Paso | Acción | Tiempo estimado (manual) | Con COPILOT GESTORIA |
|---|---|---|---|
| 1 | Identificar clientes con Kit Digital — Revisión listado de clientes + resoluciones de concesión recibidas | 2-3 h para 100 clientes | Clasificación automática desde documentos subidos |
| 2 | Clasificar tipo de subvención — Revisar contrato, determinar SaaS vs licencia, corriente vs capital | 15-20 min/cliente | Extracción automática de tipo de solución desde factura PDF |
| 3 | Verificar borrador AEAT — Comparar datos fiscales vs resolución de concesión + facturas | 10-15 min/cliente | Alerta automática si importe del borrador difiere de factura |
| 4 | Calcular imputación y cumplimentar Modelo 100 — Casillas 0173/0174/0202/0208 + tabla amortización si aplica | 20-30 min/cliente | Casillas precalculadas, validación antes de exportar |
El TaxAgent de COPILOT GESTORIA ejecuta los pasos 2, 3 y 4 de forma automática una vez que el gestor sube las facturas del agente digitalizador y la resolución de concesión. El sistema extrae los datos fiscales relevantes de cada PDF, determina el tipo de solución, compara con lo que figura en los datos fiscales de la AEAT, y precalcula las casillas del Modelo 100. El gestor revisa y firma; el software no presenta nada por su cuenta.
Conclusión: cinco reglas para no cometer errores en la campaña 2026
La declaración del Kit Digital en la Renta 2026 no es especialmente compleja para un expediente aislado, pero la complejidad escala con el volumen de clientes afectados. Estas cinco reglas cubren el 95% de los casos que encontrarás:
- El año de declaración es el del devengo del gasto, no el de concesión del bono. Aplica los artículos 14.1.b) LIRPF y 11.1 LIS. Si el bono se concedió en 2023 pero los servicios se ejecutaron en 2025, se declara en la Renta 2025 (campaña 2026).
- La categoría de la solución determina si la subvención es corriente o capital. SaaS y servicios recurrentes: casilla 0173 + gasto 0202. Inmovilizado y licencias perpetuas: casilla 0174 + gasto 0208, diferido por amortización 26% anual (est. directa simplificada).
- En módulos el efecto no es neutro. La subvención suma directamente al rendimiento neto como "otras percepciones empresariales" (Orden HFP/1335/2021 Anexo III.3). El cliente paga más IRPF del que esperaba. Infórmale antes, no después.
- No confíes ciegamente en el borrador AEAT. Verifica siempre la resolución de concesión y las facturas del agente digitalizador. El borrador puede recoger un importe inferior al real o estar en cero.
- Conserva cuatro años la documentación del Kit Digital. Resolución de concesión, facturas del agente digitalizador, contrato de servicios y certificado de ejecución. Son los documentos que exigirá la AEAT en caso de comprobación.
La campaña de Renta 2026 arranca el 8 de abril. Si gestionas más de 20 clientes con Kit Digital, el momento de preparar la clasificación masiva es ahora, antes de que empiece la presión del volumen de declaraciones.
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