Checklist RGPD Gestoría: 30 Puntos de Cumplimiento Obligatorio (2026)

Checklist exhaustivo con 30 puntos de cumplimiento RGPD (UE 2016/679) y LOPDGDD (LO 3/2018) para gestorías españolas: bases legales, derechos interesados, seguridad técnica, brechas, DPD, y requisitos específicos del sector.

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Compliance

Acerca de este recurso

30 puntos de cumplimiento RGPD para gestorías: registro tratamiento, contratos encargo, derechos ARCO, cifrado, brechas, DPD, conservación datos y más.

Lo que incluye esta guia

  • 30 puntos de cumplimiento RGPD + LOPDGDD
  • 6 categorías: bases legales, derechos, seguridad, brechas, DPD, específico gestorías
  • Artículos legales exactos por cada punto
  • Sanciones reales AEPD con importes
  • Sistema autoevaluación con scoring 0-30
  • Plan de acción correctivo con plantilla
  • Recursos útiles AEPD: FACILITA, Gestiona, Comunica-Brecha

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Uso inmediato

Para quien es este recurso?

Diseñado para profesionales del sector fiscal y contable en España que buscan optimizar su trabajo diario.

Gestorias administrativas
Asesorias fiscales y contables
Autonomos con obligaciones AEAT
Despachos profesionales

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el RGPD para gestorías en España?

Sí, las gestorías son responsables de tratamiento según Art. 4.7 RGPD al manejar datos personales de clientes (NIFs, nóminas, declaraciones fiscales, datos bancarios). Deben cumplir tanto el RGPD (UE 2016/679) como la LOPDGDD (LO 3/2018). La AEPD ha impuesto multas de hasta 300.000€ a gestorías por incumplimientos.

¿Qué sanciones puede imponer la AEPD a una gestoría?

Las sanciones se clasifican en: leves (hasta 40.000€), graves (40.001-300.000€) y muy graves (300.001-20M€). Casos reales incluyen: gestoría Madrid 60.000€ por brecha de datos, asesoría Barcelona 40.000€ por falta de consentimiento, gestoría Valencia 20.000€ por no tener DPD designado.

¿Necesita mi gestoría un Delegado de Protección de Datos (DPD)?

Según Art. 37 RGPD y Art. 34 LOPDGDD, es obligatorio si realizas tratamiento a gran escala de datos. La mayoría de gestorías con más de 50 clientes deben designar un DPD (puede ser externo). Debe comunicarse a la AEPD y sus funciones incluyen informar, supervisar y cooperar con la autoridad de control.

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